{"id":430667,"date":"2019-06-07T00:00:14","date_gmt":"2019-06-07T05:00:14","guid":{"rendered":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/?p=430667"},"modified":"2019-06-07T02:59:03","modified_gmt":"2019-06-07T07:59:03","slug":"seguros-parametricos-para-conservar-las-playas-del-paraiso","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/?p=430667","title":{"rendered":"Seguros param\u00e9tricos para\u00a0conservar las playas del para\u00edso"},"content":{"rendered":"<h2>\u201cHora 14\u201d<\/h2>\n<h5>Mauricio Conde Olivares<\/h5>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Al determinar el Juzgado Cuarto de Distrito en el estado de Quintana Roo en su resoluci\u00f3n del Juicio de Amparo 1428\/2018 que el servicio de UBER debe ser considerado como un servicio p\u00fablico de transporte, fracas\u00f3 su intento de reanudar operaciones en este destino tur\u00edstico, y por lo tanto s\u00f3lo puede funcionar mediante concesi\u00f3n que le otorgue el gobierno de Quintana Roo.<\/p>\n<p>En t\u00e9rminos llanos se sobresey\u00f3 el Juicio de Amparo de forma adversa para UBER, toda vez que la sentencia judicial especifica que \u201clas normas generales reclamadas no vulneran el principio de supremac\u00eda constitucional, pues corresponde al legislador determinar cu\u00e1ndo se estar\u00e1 ante un servicio p\u00fablico.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, este Juzgador considera que el legislador quintanarroense no desnaturaliz\u00f3 el concepto de servicio p\u00fablico, ya que el servicio de transporte que presta la empresa quejosa re\u00fane las caracter\u00edsticas de un servicio de esa naturaleza, pues bien, como se adelant\u00f3, el suscrito considera que el servicio de transporte que se gestiona a trav\u00e9s de plataformas electr\u00f3nicas, re\u00fane los perfiles jur\u00eddicos esenciales que constituyen a un servicio p\u00fablico\u201d.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n el juzgador explic\u00f3:<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span><\/p>\n<p>\u201cEs decir, en principio, Uber no se presenta como una empresa dedicada al transporte, sino como intermediaria entre el cliente y el conductor del veh\u00edculo; sin embargo, materialmente presta un servicio de transporte, ya que a trav\u00e9s de las plataformas electr\u00f3nicas descargables en los dispositivos m\u00f3viles, los usuarios demandan servicios de transporte de punto a punto; mientras que los conductores ofrecen el servicio mediante el uso de la misma aplicaci\u00f3n, utilizando veh\u00edculos propios\u201d.<\/p>\n<p>Y agrega el juzgador: \u201cEn ese contexto, el suscrito considera que exigir una concesi\u00f3n no menoscaba los derechos humanos y garant\u00edas de concurrencia y libre competencia, por lo que en este aspecto tampoco asiste raz\u00f3n a la parte quejosa\u201d.<\/p>\n<p>Al respecto, Jorge P\u00e9rez P\u00e9rez, Director del Instituto de Movilidad del Estado de Quintana Roo, declar\u00f3 que esta sentencia definitiva impide que UBER preste servicio en la entidad porque no es un servicio privado sino p\u00fablico de transporte, el cual debe trabajar con concesi\u00f3n que otorgue el estado, \u201cy UBER no lo cumple\u201d.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, aclar\u00f3 que en la entidad no est\u00e1 en operaci\u00f3n la plataforma de UBER y que otras plataformas similares solamente han manifestado una Carta de Intenci\u00f3n para brindar sus servicios, sin que a la fecha hayan formalizado sus solicitudes.<\/p>\n<p>Por su parte, el secretario general de la comuna, Jorge Carlos Aguilar Osorio, dijo que al final la notificaci\u00f3n \u201cque no nos ha llegado, result\u00f3 ser adversa a lo que Uber manifestaba y me parece que este tipo de situaciones, de albazos, de guerra medi\u00e1tica, lo \u00fanico que hacen es calentar los \u00e1nimos entre ciudadanos y comunidad, y me parece que no son prudentes\u201d.<\/p>\n<p>A\u00f1adi\u00f3 que \u201csi la gente de Uber no est\u00e1 en orden legalmente hacemos un llamado a que esperen esta resoluci\u00f3n; creo que eso es lo prudente, lo legal, m\u00e1s all\u00e1 de una opini\u00f3n a favor o en contra, lo legal es que esperen ellos a estar en orden, vemos que la aplicaci\u00f3n no est\u00e1 funcionando, no hay ning\u00fan operativo, pues no funciona la aplicaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Por su parte, UBER M\u00e9xico mediante sus redes sociales difundi\u00f3 su posicionamiento (a continuaci\u00f3n texto \u00edntegro):<\/p>\n<p>\u201cEn las \u00faltimas horas ha circulado informaci\u00f3n que desde UBER consideramos necesario precisar.<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span><\/p>\n<p>Actualmente existe una suspensi\u00f3n definitiva emitida por un juez federal dentro del<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0 <\/span>amparo interpuesto por la empresa en contra de algunas disposiciones de la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo, en la cual instruye al Instituto de Movilidad para que permita operar a Uber<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0 <\/span>en cumplimiento a las disposiciones anteriores a la reforma de la Ley.<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span><\/p>\n<p>Uber ha operado y continuar\u00e1 haci\u00e9ndolo con estricto apego a la ley y con la responsabilidad, para sus socios conductores y usuarios, que ha caracterizado a esta empresa en todo momento.<\/p>\n<p>Adicionalmente la SCJN en su fallo emitido para el caso del estado de Yucat\u00e1n determin\u00f3 que la empresas de redes de transporte como Uber son un modelo distinto al transporte p\u00fablico tradicional, y por tanto deben operar con regulaciones distintas y acordes a las caracter\u00edsticas de su modelo de negocio.<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span><\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n Federal de Competencia, adem\u00e1s, determin\u00f3 que los servicios de ERTs son un resultado de los avances tecnol\u00f3gicos y constituyen un nuevo producto en el mercado.<\/p>\n<p><span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span>Asimismo sugiri\u00f3 que debido al impacto positivo que tienen, la prestaci\u00f3n de estos servicios debe reconocerse formalmente como una nueva categor\u00eda de movilidad o transporte que se brinda entre particulares.<\/p>\n<p>En cualquier caso, reiteramos nuestro af\u00e1n colaborativo con autoridades para construir una regulaci\u00f3n incluyente y que responda directamente a las necesidades y la voz de la ciudadan\u00eda.<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span><\/p>\n<p>Por \u00faltimo, invitamos a nuestros socios conductores a no responder a provocaciones en caso de presentarse alguna situaci\u00f3n que pueda poner en riesgo su integridad f\u00edsica, la de los pasajeros o la de la propia ciudad.<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span><\/p>\n<p>Ante cualquier incidente podremos atenderlos en el Centro de Activaci\u00f3n y Soporte o a trav\u00e9s de los canales oficiales de comunicaci\u00f3n, y a trav\u00e9s de la aplicaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>En otro orden, le inform\u00f3 que la Universidad del Caribe, en Canc\u00fan, ser\u00e1 sede para un anuncio importante en materia de conservaci\u00f3n y mantenimiento de las playas de este destino tur\u00edstico, la contrataci\u00f3n de un seguro param\u00e9trico.<\/p>\n<p>Le explic\u00f3. Los seguros param\u00e9tricos ofrecen cobertura ante riesgos catastr\u00f3ficos. El pago de los seguros param\u00e9tricos se basa en la intensidad del evento (por ejemplo, la velocidad de los vientos huracanados, la magnitud del terremoto o el volumen de las precipitaciones) o en el monto de la p\u00e9rdida ocasionada por el evento, calculada por un modelo predeterminado.<\/p>\n<p>A diferencia de los seguros tradicionales que requieren de un aval\u00fao in situ de las p\u00e9rdidas individuales, el seguro param\u00e9trico aval\u00faa las p\u00e9rdidas a trav\u00e9s de una metodolog\u00eda predeterminada de variables ex\u00f3genas, tanto para el asegurado como para la aseguradora.<\/p>\n<p><span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span>Los seguros param\u00e9tricos ayudan a limitar el impacto financiero de eventos devastadores como ciclones tropicales, terremotos y lluvias extremas que afecten el sitio. Adem\u00e1s, ofrecen desembolsos inmediatos cuando ocurre un siniestro y se activa una p\u00f3liza.<\/p>\n<p><span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span>Los gobiernos no necesitan entregar un listado detallado de los activos u otra informaci\u00f3n antes de que entre en vigencia el seguro.<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0 <\/span>Solo deben firmar un formulario durante todo el proceso de reclamo. El c\u00e1lculo de las indemnizaciones es objetivo, basado en la selecci\u00f3n de unos par\u00e1metros simples que son dados a conocer de manera amplia ante el dominio p\u00fablico.<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span><\/p>\n<p>Estos par\u00e1metros son tomados de organismos mundiales especializados en su estimaci\u00f3n, as\u00ed como en un conjunto de f\u00f3rmulas que forman parte de la p\u00f3liza.<\/p>\n<p><span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0 <\/span>Los pagos no est\u00e1n expl\u00edcitamente vinculados a da\u00f1os y existe el riesgo de que no haya un pago si las condiciones de activaci\u00f3n no se cumplen.<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span><\/p>\n<p>Por lo general son m\u00e1s econ\u00f3micos que los seguros tradicionales equivalentes.<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span><\/p>\n<p>Las indemnizaciones se calculan y pagan con mayor celeridad porque el pago no depende de los aval\u00faos de p\u00e9rdidas tras el siniestro, un proceso que podr\u00eda tomar meses o a\u00f1os.<\/p>\n<p><span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span>Las p\u00f3lizas tienen un costo. Las primas de las p\u00f3lizas se basan en criterios de riesgo para la fijaci\u00f3n de precios y son determinadas por el nivel deseado de cobertura en t\u00e9rminos de probabilidad de un evento desencadenante. Por ejemplo, es m\u00e1s caro comprar seguros para eventos frecuentes en comparaci\u00f3n con eventos m\u00e1s espor\u00e1dicos.<\/p>\n<p><span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span>Los arrecifes reducen el oleaje que erosiona las playas, las mareas de tormenta que inundan la zona costera, y sostienen el turismo en el Caribe Mexicano. <span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span><\/p>\n<p>The Nature Conservancy, ha colaborado con el Gobierno de Quintana Roo en la conservaci\u00f3n del Caribe Mexicano y han apoyado, junto con CONANP, UNAM, INAPESCA, el desarrollo de la ciencia y las gu\u00edas que nos ayuden a contar con arrecifes saludables.<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0 <\/span>Por lo tanto, ha tenido el privilegio de colaborar con el Gobierno de Quintana Roo en el dise\u00f1o y consecusi\u00f3n de este innovador instrumento de transferencia de riesgo para la conservaci\u00f3n de los arrecifes; empero, lo anterior ser\u00e1 motivo de posterior an\u00e1lisis en otra entrega de HORA 14.<\/p>\n<p><em><a href=\"mailto:%20mauricio_conde@msn.com\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">mauricioconde59@outlook.com<\/a><\/em><br \/>\n<em><a href=\"https:\/\/twitter.com\/mauconde007\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">@mauconde007<\/a> <\/em><br \/>\n<em><a href=\"https:\/\/mauriciocondeblog.wordpress.com\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">https:\/\/mauriciocondeblog.wordpress.com<\/a><\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p><span style=\"color: #005497;\"><strong>Mauricio Conde Olivares<\/strong><\/span><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[35889],"tags":[43712,43674,44860],"class_list":["post-430667","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-mauricio-conde-olivares","tag-mauricio-conde-olivares","tag-opinion","tag-hora-14"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/430667","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=430667"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/430667\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=430667"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=430667"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=430667"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}