{"id":433019,"date":"2019-06-26T00:01:09","date_gmt":"2019-06-26T05:01:09","guid":{"rendered":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/?p=433019"},"modified":"2019-06-26T04:50:29","modified_gmt":"2019-06-26T09:50:29","slug":"revela-aregional-indice-de-transparencia-de-los-estados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/?p=433019","title":{"rendered":"Revela ARegional \u00edndice de transparencia de los estados"},"content":{"rendered":"<h2>\u201cHora 14\u201d<\/h2>\n<h5>Mauricio Conde Olivares<\/h5>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Expertos en materia fiscal alertan al sector empresarial y obrero, espec\u00edficamente aquellos negocios y trabajadores vinculados a la prestaci\u00f3n de servicios al p\u00fablico donde devengan propinas, toda vez que el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria en el centro y sureste del pa\u00eds realiza auditor\u00edas para determinar cr\u00e9ditos fiscales a empresas y sindicatos exigiendo el Impuesto Sobre la Renta (ISR) que supuestamente debieron haber retenido a sus empleados o agremiados.<\/p>\n<p>Esta medida fiscal amenaza el crecimiento econ\u00f3mico en la mayor parte de los estados de la regi\u00f3n cuyo desarrollo est\u00e1 basado en las actividades terciarias (comercio y servicios).<\/p>\n<p>Los cr\u00e9ditos fiscales determinados llegan a rebasar los 40 millones de pesos por auditor\u00eda, por lo que Iv\u00e1n Mac\u00edas Herrera, de la Firma BMH Abogados, explic\u00f3 que la Procuradur\u00eda de la Defensa del Consumidor ya consider\u00f3 que la actuaci\u00f3n de la autoridad fiscal transgrede los derechos fundamentales de legalidad, certeza y seguridad jur\u00eddica, contenidas en los art\u00edculos 1\u00b0, 14 y 16 de la Constituci\u00f3n Federal.<\/p>\n<p>Al respecto hizo referencia al Acuerdo de Recomendaci\u00f3n 09\/2015 emitido por la entonces Procuradur\u00eda de la Defensa del Contribuyente en d\u00f3nde se estableci\u00f3 que las propinas al no ser cantidades erogadas del patrimonio del contribuyente, sino que son proporcionadas por terceras personas ajenas a la relaci\u00f3n laboral, no pueden ser consideradas para efectos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta como parte de los salarios de los trabajadores, puesto que se trata de una donaci\u00f3n que entrega el cliente de manera directa, voluntaria e inmediata, al mesero, como una gratuidad por la atenci\u00f3n recibida, por lo que los empleadores tienen la obligaci\u00f3n legal de efectuar las retenciones a que se refiere dicha ley.<\/p>\n<p>Sin embargo, el especialista dijo que al ser una recomendaci\u00f3n la autoridad no se encuentra obligada a cumplirla, por lo que los patrones y sindicatos deber\u00e1n prepararse con una defensa adecuada cuando reciban la auditor\u00eda que eventualmente les determine cr\u00e9ditos fiscales por la falta de retenci\u00f3n a los trabajadores de las propinas que les corresponden.<\/p>\n<p>Mac\u00edas Herrera sostuvo que el SAT act\u00faa bajo un criterio ilegal toda vez que \u201cel empleador \u00fanicamente act\u00faa como depositario de las propinas que proporcionan los clientes de los establecimientos y la obligaci\u00f3n de retenci\u00f3n que se prev\u00e9 en la Ley del Impuesto sobre la Renta se refiere exclusivamente a los ingresos que perciben los trabajadores provenientes del patr\u00f3n, no de terceras personas como ser\u00edan los clientes\u201d.<\/p>\n<p>Cabe destacar que en el 2014 el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria emiti\u00f3 de nueva cuenta el criterio normativo 43\/2014\/ISR mediante el cual estableci\u00f3 que las propinas percibidas por los trabajadores en hoteles, casas de asistencia, restaurantes, fondas, caf\u00e9s, bares y otros establecimientos an\u00e1logos, deben ser consideradas por el empleador para efectuar el c\u00e1lculo y retenci\u00f3n del impuesto sobre la renta que resulte a cargo del trabajador, en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 96 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.<\/p>\n<p>En otras palabras, el criterio del \u00f3rgano fiscalizador consiste en obligar a los patrones a retener el Impuesto Sobre la Renta a los trabajadores en el momento que les entreguen las propinas que les corresponden.<\/p>\n<p>Lo anterior constituye una grave afectaci\u00f3n al ingreso de los trabajadores, ya que en la regi\u00f3n centro y sur del pa\u00eds se tienen los m\u00e1s bajos salarios del pa\u00eds.<\/p>\n<p>Las estad\u00edsticas del IMSS respecto a los trabajadores asegurados por n\u00famero de salarios m\u00ednimos devengados revelan que en la regi\u00f3n sur sureste el 71% del total ganan de uno y hasta tres salarios m\u00ednimos.<\/p>\n<p>Este hecho por s\u00ed mismo da cuenta del serio rezago de ingreso que predomina en la regi\u00f3n.<\/p>\n<p>El caso extremo es Veracruz, estado en el que 78% de los trabajadores percibe de uno a tres salarios m\u00ednimos, aunque el que cuenta con la mayor cantidad de trabajadores que ganan m\u00e1s de cinco salarios m\u00ednimos.<\/p>\n<p>Preocupante el caso de Chiapas, entidad en la que el 36% de los trabajadores percibe un salario m\u00ednimo.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, seg\u00fan estad\u00edsticas del INEGI la poblaci\u00f3n ocupada por sector de actividad se distribuy\u00f3 de la siguiente manera: en los servicios se concentr\u00f3 42.9% del total, en el comercio 18.7%, en la industria manufacturera 16.9%, en las actividades agropecuarias 12.2%, en la construcci\u00f3n 8%, en \u201cotras actividades econ\u00f3micas\u201d (que incluyen la miner\u00eda, electricidad, agua y suministro de gas) 0.7% y el restante 0.5% no especific\u00f3 su actividad.<\/p>\n<p>Es decir, 4 de cada 10 trabajadores mexicanos est\u00e1n inmersos en el sector de la prestaci\u00f3n de servicios y con posibilidades de acceder a las propinas, con las que complementan en su mayor\u00eda los bajos salarios que perciben.<\/p>\n<p>Por otra parte, le informo que ARegional present\u00f3 el informe de los resultados del \u00cdndice de Transparencia y Disponibilidad de la Informaci\u00f3n Fiscal de las Entidades Federativas, ITDIF 2019, el cual mide la disponibilidad y calidad de la informaci\u00f3n financiera generada por las entidades federativas.<\/p>\n<p>Por s\u00e9ptima ocasi\u00f3n el Estado de M\u00e9xico mantiene la primera posici\u00f3n del \u00edndice, teniendo un incremento de 1.69 puntos respecto del a\u00f1o 2018, cabe mencionar que la puntuaci\u00f3n obtenida en el presente a\u00f1o, de 99.25 puntos, corresponde a la mayor puntuaci\u00f3n del Estado en su historia.<\/p>\n<p>El Estado de M\u00e9xico, cuenta con un portal fiscal con informaci\u00f3n estad\u00edstica e hist\u00f3rica que trasciende administraciones, mantiene altos est\u00e1ndares de calidad y presenta documentos ordenados, limpios y que cumplen con las caracter\u00edsticas de datos abiertos.<\/p>\n<p>Quer\u00e9taro mantiene la segunda posici\u00f3n del \u00edndice obteniendo un incremento de 2.19 puntos respecto del a\u00f1o anterior, llegando a 98.15 puntos.<\/p>\n<p>El incremento de Quer\u00e9taro, se explica por la activaci\u00f3n de un espacio a convocatorias vigentes adem\u00e1s de la mejora en la presentaci\u00f3n completa de la informaci\u00f3n de los resultados de adjudicaciones de las adquisiciones, a trav\u00e9s de los procedimientos de licitaci\u00f3n p\u00fablica, adjudicaciones directas y\/o por invitaci\u00f3n restringida.<\/p>\n<p>Sonora y Yucat\u00e1n comparten la tercera posici\u00f3n. El estado de Yucat\u00e1n repitiendo nuevamente la tercera posici\u00f3n, con un incremento de 3.13 puntos por encima de su resultado del a\u00f1o anterior.<\/p>\n<p>En el caso de Yucat\u00e1n, cobra relevancia que el Estado se mantuviera en el tercer lugar, considerando que es uno de los estados con reciente cambio de administraci\u00f3n.<\/p>\n<p>En el caso de Sonora, es parte de los primeros tres lugares, como resultado de la activaci\u00f3n de portales de informaci\u00f3n fiscal con visi\u00f3n m\u00e1s cercana al ciudadano.<\/p>\n<p>El Estado de Puebla, muestra un leve retroceso de 2.26 puntos, que lo colocan en el lugar 4, sin embargo, es necesario recordar que dicha entidad tuvo elecciones tanto en 2018 como en 2019, para ocupar la gubernatura del estado y sin embargo, se mantuvo como referente en transparencia fiscal al obtener m\u00e1s de 95.0 puntos. Quintana Roo es quinto sitio.<\/p>\n<p>En este grupo, resaltan dos entidades por la cantidad de puntos incrementados respecto a la evaluaci\u00f3n del a\u00f1o previo y adem\u00e1s empatados en la posici\u00f3n 8 con 93.50 puntos: Guanajuato que mejora en 10.09 puntos y Nayarit quien subi\u00f3 25.89 puntos.<\/p>\n<p>En el caso de Guanajuato, en esta ocasi\u00f3n gana 4 posiciones y avanza como resultado de incrementar la calidad con la que presenta diversos documentos en el portal de transparencia fiscal referentes a las secciones de marco regulatorio y rendici\u00f3n de cuentas; empero, lo anterior ser\u00e1 motivo de posterior an\u00e1lisis en otra entrega de <strong><em>Hora 14<\/em><\/strong>.<\/p>\n<p><em><a href=\"mailto:%20mauricio_conde@msn.com\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">mauricioconde59@outlook.com<\/a><\/em><br \/>\n<em><a href=\"https:\/\/twitter.com\/mauconde007\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">@mauconde007<\/a> <\/em><br \/>\n<em><a href=\"https:\/\/mauriciocondeblog.wordpress.com\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">https:\/\/mauriciocondeblog.wordpress.com<\/a><\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p><span style=\"color: #005497;\"><strong>Mauricio Conde Olivares<\/strong><\/span><\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[35889],"tags":[43712,43674,44860],"class_list":["post-433019","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-mauricio-conde-olivares","tag-mauricio-conde-olivares","tag-opinion","tag-hora-14"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/433019","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=433019"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/433019\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=433019"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=433019"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=433019"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}