{"id":709994,"date":"2026-03-03T20:50:40","date_gmt":"2026-03-04T02:50:40","guid":{"rendered":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/?p=709994"},"modified":"2026-03-03T20:50:40","modified_gmt":"2026-03-04T02:50:40","slug":"suprema-corte-autoriza-a-instituciones-de-educacion-superior-a-cobrar-por-sus-cursos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/?p=709994","title":{"rendered":"Suprema Corte autoriza a instituciones de  educaci\u00f3n superior a cobrar por sus cursos"},"content":{"rendered":"<p><strong>CLASE POLITICA. <\/strong>Miguel \u00c1ngel Rivera<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Mientras contin\u00faa la novela por entregas respecto a la anunciada y hasta ahora frustrada reforma electoral, la Suprema Corte de Justicia del acorde\u00f3n puso de actualidad un tema conflictivo que ha ocasionado intensos conflictos en la Universidad Nacional Aut\u00f3noma de M\u00e9xico (UNAM) y, en general, en todo el sistema educativo nacional de nivel profesional: las cuotas de inscripci\u00f3n.<\/p>\n<p>El tema es de tanta actualidad que se debe recordar que la aparici\u00f3n en asuntos p\u00fablicos de la actual presidenta (con A) Claudia Sheinbaum Pardo se dio como integrante del Consejo Estudiantil Universitario (CEU), organizaci\u00f3n estudiantil que naci\u00f3 en protesta por los cambios decididos por las autoridades universitarias encabezadas por el rector Jorge Carpizo MacGregor, entre los cuales el punto que m\u00e1s gener\u00f3 la atenci\u00f3n en el p\u00fablico fue el aumento a las cuotas de inscripci\u00f3n, lo cual se present\u00f3 como una violaci\u00f3n al sacrosanto principio de la gratuidad de la educaci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p>En realidad, no hab\u00eda un impacto econ\u00f3mico importante para las familias de los aspirantes a ingresar a alguno de los planteles de la UNAM. Por efecto de la depreciaci\u00f3n de la moneda con el paso del tiempo, esa cuota de ingreso se hab\u00eda reducido radicalmente. Originalmente, sin que provocara mayores protestas, en los a\u00f1os 60 del siglo anterior, el pago para inscribirse en alguna instituci\u00f3n universitaria era de 200 pesos que, en esa \u00e9poca representaban alg\u00fan impacto en la econom\u00eda familiar, pero que con el tiempo dej\u00f3 de tener significaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El movimiento de protesta contra Carpizo se dio entre 1986 y 1987, cuando la moneda nacional estaba muy debilitada, pero de cualquier forma le dio bandera a un movimiento que, entonces como ahora, pretende que las instituciones p\u00fablicas de educaci\u00f3n superior acepten a todos los aspirantes y el pago de cuotas de inscripci\u00f3n se consideraba un obst\u00e1culo para quienes provienen de los estratos m\u00e1s pobres de nuestra sociedad.<\/p>\n<p>En realidad, no lo era tanto, pues esto se confirm\u00f3 el 1 de enero de 1993, cuando la administraci\u00f3n del entonces presidente Carlos Salinas de Gortari decidi\u00f3 \u201cquitarle tres ceros\u201d al peso, una medida pragm\u00e1tica para reconocer que el poder adquisitivo de la moneda nacional en realidad era nulo. En esas \u00e9pocas habl\u00e1bamos, para cualquier operaci\u00f3n comercial, de cientos de miles cuando no millones de pesos.<\/p>\n<p>S\u00f3lo a manera de ejemplo, los 200 billetes de la cuota de inscripci\u00f3n a la UNAM dejaron de estimarse en pesos, para convertirse en apenas 20 centavos.<\/p>\n<p>Con esta p\u00e9rdida de valor de la moneda nacional se agudizaron los problemas financieros de la UNAM y del resto de las instituciones de educaci\u00f3n superior, por lo que nuevamente, el entonces rector de la UNAM, Francisco Barn\u00e9s de Castro, present\u00f3 ante el Consejo Universitario (m\u00e1ximo \u00f3rgano de toma de decisiones de la instituci\u00f3n) una propuesta de modificaci\u00f3n al Reglamento General de Pagos, para vincular la cuota de inscripci\u00f3n al valor del salario m\u00ednimo.<\/p>\n<p>Obviamente, se trataba de un aumento, lo cual provoc\u00f3 nuevas protestas, esta vez abanderadas por una organizaci\u00f3n denominada\u00a0Asamblea Estudiantil Universitaria (AEU).<\/p>\n<p>Barn\u00e9s no tuvo la suerte o el respaldo oficial del que goz\u00f3 Carpizo -que logr\u00f3 terminar su periodo- por lo que tuvo que renunciar. El conflicto fue solucionado por su sucesor, Juan Ram\u00f3n de la Fuente, actual secretario de Relaciones Exteriores del gobierno de la presidenta Sheinbaum.<\/p>\n<p>Claro, los problemas financieros de las instituciones de educaci\u00f3n superior no se han superado. Como consecuencia de las limitaciones econ\u00f3micas del pa\u00eds, cada a\u00f1o, las autoridades educativas solicitan mayores presupuestos, pero enfrentan resistencias en el gobierno, porque los recursos no alcanzan para cubrir todas las necesidades y si no que lo digan los usuarios de los servicios p\u00fablicos de salud.<\/p>\n<p>De hecho, en vez de aumentos, las instituciones p\u00fablicas de educaci\u00f3n superior han tenido que protestar contra los gobiernos de\u00a0la llamada Cuarta Transformaci\u00f3n por recortes a sus presupuestos, unas veces abiertamente y otras de manera apenas encubierta.<\/p>\n<p>Algunas de esas instituciones, con la UNAM de manera sobresaliente, tienen ingresos propios derivados de sus avances acad\u00e9micos y la prestaci\u00f3n de servicios, adem\u00e1s de que, sin esc\u00e1ndalos, han encontrado v\u00edas para cobrar un poco a sus nuevos alumnos. Por ejemplo, en 2025 el\u00a0examen de admisi\u00f3n a la UNAM, no la cuota de inscripci\u00f3n, tuvo un costo de 480 pesos.<\/p>\n<p>En este ambiente general, en sesi\u00f3n efectuada ayer, la\u00a0Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n determin\u00f3, por mayor\u00eda de tres votos, decidi\u00f3 que el cobro de una cuota de inscripci\u00f3n para cursar en modalidad virtual una especialidad, ofrecida por la Facultad de Derecho de la UNAM, no es contrario al principio de gratuidad en la educaci\u00f3n superior establecido en la Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p>El fallo resulta notable porque contradice tendencias dentro de la 4T en donde los partidarios de la l\u00ednea dura pregonan una educaci\u00f3n totalmente libre de costos para los alumnos y sus familias, aunque las asignaciones presupuestales no alcanzan a cubrir todos los requerimientos de esas instituciones.<\/p>\n<p>El bolet\u00edn informativo de la Suprema Corte de Justicia se\u00f1ala respecto de esta sentencia:<\/p>\n<p>\u201cLa Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n (SCJN) determin\u00f3 que la gratuidad en la educaci\u00f3n superior debe extenderse a los elementos esenciales que permiten acreditar una licenciatura y obtener el t\u00edtulo profesional correspondiente.<\/p>\n<p>\u201cAl analizar el alcance de la reforma constitucional de mayo de 2019 al art\u00edculo 3\u00b0 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, el M\u00e1ximo Tribunal estableci\u00f3 que el Estado tiene la obligaci\u00f3n de impartir y garantizar a todas las personas el acceso gratuito a la educaci\u00f3n, incluido el superior. En este caso, la gratuidad debe otorgarse de manera progresiva, lo que significa que se deben adoptar medidas concretas para garantizarlo y evitar retrocesos.<\/p>\n<p>\u201cEn el caso concreto, el Pleno concedi\u00f3 el amparo a un estudiante de la licenciatura en Derecho, en la modalidad de Universidad Abierta de la Facultad de Derecho de la UNAM, quien impugn\u00f3 el cobro del \u00abCurso de Comprensi\u00f3n de Lectura para liberar el requisito de titulaci\u00f3n de los Planes de Estudio 2117 y 2125\u00bb, impartido por la Coordinaci\u00f3n de Idiomas de la propia Facultad.<\/p>\n<p>\u201cEl Juzgado que conoci\u00f3 del asunto neg\u00f3 el amparo al alumno, al considerar que no se contraven\u00eda la gratuidad en la educaci\u00f3n superior, pues el curso s\u00f3lo implicaba que los alumnos tuvieran m\u00e1s opciones para cumplir con los requisitos de titulaci\u00f3n y exist\u00edan otros cursos gratuitos con posibilidades de certificaci\u00f3n.\u00a0Inconforme con esa determinaci\u00f3n, la persona interpuso recurso de revisi\u00f3n que lleg\u00f3 a la Suprema Corte.<\/p>\n<p>\u201cEl Alto Tribunal defini\u00f3 que el curso referido s\u00ed impacta en la acreditaci\u00f3n de la licenciatura y la obtenci\u00f3n del t\u00edtulo correspondiente, pues constituye un medio efectivo para cumplir con el requisito de titulaci\u00f3n en un plano de igualdad; por lo que aun reconociendo la problem\u00e1tica relacionada con la suficiencia presupuestal, no se puede llegar al extremo de trasladar al estudiantado dicha carga econ\u00f3mica. En ese sentido, se concluy\u00f3 que la gratuidad de la educaci\u00f3n superior debe extenderse como m\u00ednimo, a los elementos esenciales que permiten acceder a la titulaci\u00f3n de la licenciatura, como lo es dicho curso.<\/p>\n<p>\u201cLa Corte concedi\u00f3 el amparo solicitado y orden\u00f3 a las autoridades responsables dependientes de la Facultad de Derecho de la UNAM a devolver el dinero que la persona pag\u00f3 para acceder al curso, respetando los efectos generados del mismo\u201d, precisa la sentencia.<\/p>\n<p>Ahora que, si se trata de rectificaciones, las autoridades de la Comisi\u00f3n Ambiental de la Megal\u00f3polis (CAMe) deber\u00edan revisar sus estudios y acciones contra el aumento de la contaminaci\u00f3n en el Valle de M\u00e9xico, pues la sola restricci\u00f3n para que circulen los veh\u00edculos automotores no ha dado muestras de lograr que se reduzcan las emisiones de gases t\u00f3xicos.<\/p>\n<p>En particular, deben atender las denuncias acerca de los contaminantes que arrojan plantas industriales, en particular la termoel\u00e9ctrica de Tula, la cual aporta cerca del 20% de la energ\u00eda que se consume en el Valle de M\u00e9xico, pero a partir de combust\u00f3leo, altamente contaminante.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>CLASE POLITICA. Miguel \u00c1ngel Rivera \u00a0 &nbsp; Mientras contin\u00faa la novela por entregas respecto a la anunciada y hasta ahora frustrada reforma electoral, la Suprema Corte de Justicia del acorde\u00f3n puso de actualidad un tema conflictivo que ha ocasionado intensos conflictos en la Universidad Nacional Aut\u00f3noma de M\u00e9xico (UNAM) y, en general, en todo el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":14,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[84119,4],"tags":[],"class_list":["post-709994","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-miguel-angel-rivera","category-opinion"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/709994","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/14"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=709994"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/709994\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":709995,"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/709994\/revisions\/709995"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=709994"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=709994"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.diarioimagen.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=709994"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}