Congreso mexiquense avala los derechos “ARCO”
Estado de México miércoles 22, Ago 2012- Límite a difusión de información
Los mexiquenses, como titulares de su información privada, tienen derecho al acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO) de la misma, de acuerdo a la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de México, avalada recientemente por la LVII Legislatura local.
Este ordenamiento estipula que el dato personal debe ser un límite al acceso a la información y que la difusión de éste sólo debe realizarse cuando quede plenamente justificado el interés público por revelarlo.
Tiene como finalidad proveer lo necesario para que toda persona pueda manifestar su oposición a determinado tratamiento, mediante procedimientos sencillos y expeditos, así como promover la adopción de medidas de seguridad que garanticen la integralidad, disponibilidad y confidencialidad de los datos personales en posesión de autoridades.
Son sujetos obligados de esta Ley: los tres poderes públicos, los ayuntamientos, los órganos y organismos autónomos, así como los tribunales administrativos, cuyos responsables deberán observar los principios de licitud, consentimiento, información, calidad, lealtad, finalidad, proporcionalidad y responsabilidad.
Se deberá poner a disposición de los titulares, previo al tratamiento de su información, un aviso de privacidad física, electrónica o en cualquier otro formato generado por el responsable del sistema de datos personales.
En cuanto a los derechos ARCO, son independientes; por lo que el ejercicio de cualquiera de ellos no es requisito previo ni impide el ejercicio de otro.