Revocación de mandato llega a CDMX, sin difusión
Jorge Luis Galicia Palacios lunes 3, Abr 2023Como veo, doy
Jorge Luis Galicia Palacios
- Lineamientos del IECM generan confusión y además llegan tarde
Si a la pregunta ¿Quiere que se le revoque el mandato al alcalde o alcaldesa de su localidad?, sin duda, muchos de los capitalinos contestarían que sí y en esa tesitura, por lo menos una cuarteta en las 16 alcaldías de la Ciudad de México los cargos de sus titulares estarían en riesgo ante la petición ciudadana de revocarles el mandato para el que fueron electos en 2021.
Lamentablemente, aunque ese derecho de “destituir” o revocarles el mandato a los alcaldes capitalinos está plasmado desde la Constitución promulgada en 2017, las autoridades electorales pusieron poco interés para dar a conocer a la ciudadanía los alcances de este mandato y a partir de cuándo podría aplicar, bajo qué lineamientos y en qué fechas se podría realizar una consulta popular.
Si bien es cierto, por lo menos en un par de las referidas demarcaciones, sus habitantes se adelantaron a lo señalado en la norma constitucional, en la que se establece que los habitantes tienen facultades para solicitar la revocación del mandato de representantes electos cuando así lo demande al menos el diez por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores del ámbito respectivo y que una consulta al respecto sólo procederá una vez, cuando haya transcurrido al menos la mitad de la duración del cargo de representación popular de que se trate, es decir dieciocho meses después de transcurridos sus gobiernos, también es cierto que ese procedimiento puede aplicarse para cualquier otro cargo de elección, es decir diputados locales y hasta los concejales, pero por lo pronto los lineamientos, que son una norma secundaria, ya están a la vista de todos y no precisamente se miran con buenos ojos entre la ciudadanía.
¡Faltó difusión!, dicen con sorpresa entre el conglomerado ciudadano al enterarse de la publicación de los lineamientos emitidos por el Instituto Electoral de la Ciudad de México y más cuando estos se emiten justo unos días antes del tradicional periodo vacacional de la llamada semana santa.
LAS CARTAS HABLAN.— Pero ¿qué dicen los lineamientos emitidos por el IECM?, principalmente señalan que a partir del 1 y hasta el 21 de abril, los capitalinos podrán presentar solicitudes de proceso de revocación de mandato o conclusión anticipada a personas que ocupan un cargo como diputados locales, alcaldes o concejales.
Además, señalan fechas para la organización y desarrollo de los referidos procesos donde sean solicitados por la ciudadanía y aprobados por el IECM, de conformidad con los lineamientos 2023.
El calendario de actividades prioritarias a cumplirse, con la idea de que no interfiera con la llamada madre de todas las elecciones en 2024, inicia con la presentación de solicitud, del 1 al 21 de abril. Le sigue una etapa para actividades de revisión y verificación de apoyos y compulsa, del 24 de abril al 6 de junio. La emisión de la convocatoria será del 7 al 17 de junio y el Proceso de Revocación de Mandato se llevará a cabo entre el 18 de junio y el 26 de agosto. La Jornada Consultiva sería el 27 de agosto.
En cuanto a los requisitos para las solicitudes, se establece que estos deberán cumplir con lo que establece la Ley de Participación Ciudadana: Solicitud por escrito; listado con los nombres, firmas y claves de elector y folios (CIC u OCR) de la credencial para votar de los solicitantes; El nombre de la persona representante común; un domicilio para recibir notificaciones dentro de la jurisdicción o en su defecto una o varias direcciones de correo electrónico; y, por último, el nombre y cargo de la persona servidora pública que se propone someter al proceso de revocación.
VA MI RESTO.— En la mira ciudadana al menos hay cuatro alcaldes, pero por lo que se observa no serán ellos, ni ningún otro cargo, a quienes se les someta a proceso de destitución, primero porque son muy pocos ciudadanos los que, aunque no están de acuerdo con la gestión administrativa de algunos de sus representantes electos en 2021, sea por supuestos actos de corrupción, negligencia, omisión o ineptitud, sabían de la existencia de este recurso y también muy pocos los que, sabiendo, se dieron tiempo para organizarse, y todo ello porque del lado de la autoridad la información llegó tarde al igual que los lineamientos que apenas al final de la semana pasada se dieron a conocer.
Ahora sólo falta ver si la autoridad electoral hará válidas las firmas que para tales efectos se han levantado, como en Xochimilco, o a sus organizadores les dirán que el procedimiento se tendrá que reiniciar con formatos nuevos, lo cual es lo más seguro y eso hará imposible que algún interesado, por muchos que sean, tengan alguna posibilidad de cumplir con calendario y requisitos.
Ante esa eventual probabilidad de no poder someter a los servidores públicos electos a un proceso de conclusión anticipada de su mandato, lo único que queda a la ciudadanía es no volver a cometer el mismo error y en 2024 no votar por ellos, porque deben entender que en esta ocasión los pudo salvar la poca difusión y el destiempo con que se emitieron los lineamientos, pero que desde ahora entiendan que la reelección y/o postulación a algún otro cargo para ellos no será buena opción, que conste, y hasta ahí porque como veo doy.