La llamada Cuarta Transformación ni olvida ni perdona a sus rivales
Miguel Ángel Rivera, Opinión lunes 24, Nov 2025CLASE POLITICA Miguel Ángel Rivera
La llamada Cuarta Transformación parece dispuesta a cumplir con su promesa de cambiar todo. Esto se demuestra con el hecho de que trata de modificar hasta viejos dichos populares.
Una de las expresiones que intenta cambiar el actual régimen es aquella que dice: “se perdona, pero no se olvida”. A cambio, la 4T la aplica al contrario: “ni se perdona ni se olvida”.
Dos ejemplos actuales:
Uno, los dos máximos organismos en materia electoral el Instituto (INE) y el Tribunal (TEPJF), dominados por mayorías incondicionales al régimen, aceptaron reabrir (y sancionar) un viejo juicio contra ex consejeros electorales, tres en retiro y tres todavía en funciones, por supuestas faltas cometidas en el sexenio anterior.
Dos, la radical ministra de la Suprema Corte de Justicia Lenia Batres Guadarrama, convertida en la auténtica fuerza dominante en ese máximo tribunal, presionó a sus colegas para reabrir un juicio por supuesta falta de pagos de impuestos de Femsa, Fomento Económico Mexicano, SA.B. de C.V., una de las empresas más grandes de México, con operaciones en la industria de bebidas y comercio al detalle, considerada el mayor embotellador independiente de Coca-Cola en el mundo y por operar la cadena de tiendas de conveniencia Oxxo.
A solicitud de la autodenominada ministra del pueblo, la Suprema Corte de Justicia resolvió atraer la revisión de un presunto adeudo millonario de impuestos de la empresa Femsa, siete días después de que había rechazado exactamente el mismo asunto. Un litigio que inició ¡en 2005!
El 6 de noviembre, por ocho votos contra uno, la Corte rechazó la solicitud de un tribunal colegiado para atraer la revisión de un monto de 2 mil 868 millones de pesos, fincado a Femsa, dueña de la cadena Oxxo, por impuestos presuntamente omitidos ¡en 2011!. En esa ocasión, ocho ministros votaron por desechar el asunto y sólo uno, la mencionada Batres, se opuso.
El 13 de noviembre, por seis votos contra tres, la Corte aceptó atraer el mismo expediente, precisamente a petición de la radical Batres, única disidente en la sesión de la semana previa.
La Corte primero rechazó atraer el caso el 6 de noviembre (votación 8–1), pero el 13 de noviembre cambió su postura tras una solicitud directa de Batres. Esta vez, la votación fue 6–3 a favor. El expediente, identificado como 320/2024, se originó en el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa.
El tema central que analizará la Corte es si los recursos fiscales de montos extraordinarios deben resolverse de forma definitiva en el Poder Judicial Federal. Esta discusión podría impactar no solo a Femsa, sino a muchas otras empresas con litigios similares.
El caso surge luego de que el TFJA anulara en junio de 2024 el adeudo reclamado por el SAT a Femsa, argumentando caducidad de facultades y duplicidad en el cobro. La SCJN ahora deberá estudiar el fondo del asunto, revisar pruebas y establecer criterios que podrían marcar precedentes para futuras revisiones fiscales.
La ministra Batres insistió en que, así como ya hubo resoluciones contra empresas de Ricardo Salinas Pliego, también deben revisarse los casos de grandes corporativos como Femsa y Grupo Oxxo, para garantizar un piso parejo en materia tributaria.
En lo que respecta a la demanda contra los consejeros electorales, surge la presunción de que se trata de una venganza y no de un acto de justicia.
Esto porque hay una nueva polémica nacional debido a que los senadores y diputados del oficialismo se aprestan para aprobar una reforma constitucional para cambiar la fecha de las elecciones para la revocación del mandato presidencial para hacerla coincidir con las elecciones federales intermedias en las que se renovará la Cámara de Diputados, además de la mitad de los cargos del Poder Judicial Federal, así como los gobiernos de 17 estados y los Congresos locales de prácticamente todas las entidades federativas y más de mil ayuntamientos de otros tantos municipios.
Necesariamente, para el eventual cambio se deben tomar en cuenta los antecedentes y, en este caso, sólo existe uno: las elecciones para renovación de mandato efectuadas en 2022, las cuales también estuvieron envueltas en el conflicto.
La idea de la revocación del mandato fue uno de los recursos demagógicos del caudillo de la llamada Cuarta Transformación, Andrés Manuel López Obrador, para ganarse la voluntad popular mediante el recurso de aparecer como un promotor y defensor de la democracia. En este caso concreto, el alegato central sostenía que si el pueblo elije a sus gobernantes, debe tener también la facultad de removerlos si no cumplen con un buen gobierno.
En ese esfuerzo populista, el caudillo de Macuspana propuso ser el primero en ser sometido al juicio del pueblo, pero en la práctica resultaba un subterfugio para reafirmar su popularidad y con ello reforzar a los candidatos de su partido, Morena.
Lo que se presentó como un proceso fácil de realizar, se encontró con dificultades de organización. En particular, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) se inconformó con lo limitado del presupuesto, pues el gobierno federal, incluido el Ejecutivo con el respaldo de la mayoría oficialista en el Congreso de la Unión, recortó el presupuesto para esa institución con pretexto de la austeridad.
Los consejeros pidieron la protección de la antes autónoma Suprema Corte de Justicia, pero perdieron la demanda y el máximo tribunal dispuso que realizaran los comicios con los recursos disponibles, lo que se tradujo en el recorte de casillas.
En la votación de revocación de mandato, efectuada el 10 de abril de 2022, participaron 16,502,636 personas, lo que muestra la baja participación ciudadana, pues el total de votos emitidos equivale al 17,77 % del total de personas inscritas en el listado nominal (92,823,216). Del total, 1,063,209 votos, equivalente al 6.44 %, fueron porque se le revoque el mandato al presidente por pérdida de la confianza; 15,159,323 votos, equivalente al 91.86 % porque siga en la Presidencia, y 280,104, equivalentes al 1.70 %, fueron votos nulos.
El deslucido proceso provocó el disgusto del caudillo de la 4T y de sus allegados, que culparon de ello a los consejeros electorales, en particular a su presidente, Lorenzo Córdova Vianello, y a los cinco colegas que votaron al igual que él en desacuerdo con los escasos recursos proporcionados por el régimen de la llamada Cuarta Transformación.
Consecuencia de ese disgusto se tradujo, junto con otras supuestas “faltas” de los ministros, fue la desaparición de esa Suprema Corte y de todo el Poder Judicial Federal”.
En cuanto a los consejeros electorales calificados de “opositores” por no plegarse a los caprichos del gobierno, llovieron las críticas desde todos los rumbos de la llamada Cuarta Transformación y sus incondicionales dentro del INE, incluida una demanda del entonces presidente de la Cámara de Diputados Sergio Gutiérrez Luna, de Morena, quien repitió en el cargo en 2024, contra los consejeros por presunto incumplimiento de deberes.
Con un renovado e incondicional INE, el caso parecía cerrado, pero repentinamente, la demanda fue reactivada desde dentro del organismo electoral.
“En un hecho sin precedente, el Órgano Interno de Control (OIC) del Instituto Nacional Electoral (INE) dio curso –y continúa– a un procedimiento en contra de seis consejeros que a finales de 2021 votaron en favor de posponer el proceso de revocación de mandato”, expresa una nota informativa de La Jornada del pasado 28 de septiembre, firmada por Fabiola Martínez.
El procedimiento administrativo en contra de tres consejeros y tres ex consejeros fue radicado en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Además, el pasado 22 de octubre la mayoría de magistrados de la también incondicional del régimen Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio luz verde para que continúe el procedimiento administrativo abierto hace más de cuatro años.
Una sentencia negativa del Tribunal Federal de Justicia Administrativa podría derivar en inhabilitación de la función pública de los implicados, hasta por 20 años. En el caso de quienes siguen en funciones (los tres concluyen su encargo en abril próximo) la sanción implicaría que no puedan cobrar su finiquito laboral.











