De Cortes a Cortes
Alberto Vieyra G. miércoles 15, Feb 2023De pe a pa
Alberto Vieyra G.
El pasado 26 de enero, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) asestó un golpe mortal equiparable al tiro de gracia contra la mal llamada prisión preventiva oficiosa que consagra el artículo 19 constitucional y que viola flagrantemente los derechos humanos, toda vez que se puede encarcelar a cualquiera y después veriguar, proceso que podría llevarse hasta décadas.
El palo dalo por la CIDH contra la prisión preventiva en México exhibiría al responsable de la política interior del país, Adán Augusto López, como un politicastro ignorante del Derecho internacional. Mire usted, la cantidad de barrabasadas que dijo esa “corcholata” que quiere ser Presidente de México:
“Es un despropósito de la Corte Interamericana el ponerse por encima de la Constitución y faltarle el respeto al estado mexicano, ni puede haber ningún poder por arriba del estado mexicano que es, entre otras cosas, el garante de que en este país haya estabilidad social, política y económica”. ¡Infinita ignorancia de ese politicastro!
Vaya que el chindinguas secretario de Gobernación, requiere con urgencia que se vaya a la “nocturna” para que ahí le digan que cuando México y en conjunto un grupo de naciones firma determinado tratado internacional en ese momento se obliga a que el gobierno ordene las reformas constitucionales de rigor y se acaten los veredictos o resoluciones de las Cortes, en este caso la Interamericana de los Derechos Humanos.
Para la Corte Interamericana, la prisión oficiosa en México viola los derechos humanos “porque convierte a la prisión preventiva oficiosa en la regla, cuando debería ser excepcional de acuerdo con los estándares internacionales… Y encontró la Corte que las autoridades mexicanas violaron los derechos a la integridad personal, la libertad y la protección judicial de los involucrados”.
Sin embargo, para la Cortesana de México el caso de la prisión preventiva oficiosa es una papa caliente y como no se acompletaron los votos para declararla inconstitucional, se optaría por declararla vigente con unas pocas modificaciones, acordando que no se aplicaría a acusados por los delitos relacionados a la defraudación fiscal.
Como usted puede ver hay de Cortes a Cortes: Por un lado, en México encontramos una Cortesana y por el otro lado, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos una Corte sana.
Recordaré que esa maldita figura jurídica que nos recuerda aquella máxima de Pancho Villa que decía “mátenlos en caliente, después viriguan”; no puede tolerarse en una nación que presume de ser amante del Derecho, aunque los gobernantes actuales rindan culto al derechueco.
La prisión preventiva es una medida cautelar que se divide en dos tipos: la prisión preventiva justificada y la prisión preventiva oficiosa.
Esta segunda, contemplada en el Artículo 19 constitucional se aplica a un amplio catálogo de casos como abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, feminicidio, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación y uso de programas sociales con fines electorales, entre otros relacionados también con corrupción o uso de armas exclusivos de las fuerzas armadas.
En suma, el dictamen de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos obligará al gobierno de López Obrador a modificar la constitución en su artículo 19 constitucional o antes, tendrá que obligar a la Corte a que declare de una vez por todas la inconstitucionalidad de esa vergonzosa figura jurídica violatoria de los derechos humanos. Veremos qué tan respetuoso es el gobierno amlista de las instituciones internacionales.
De acuerdo con el artículo 68 de la Convención Americana, los gobiernos que no cumplan con las resoluciones de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, incurren en un delito internacional. Así que veremos los gestos que hacen AMLO y de su secretario de Gobernación.