Desde octubre habrá nuevo candado para transferencias desde la banca electrónica
Finanzas domingo 28, Sep 2025- Límite de montos
- Mayor proteccción a clientes de posibles ciberfraudes

El MTU es un nuevo candado de seguridad creado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que pone un límite a las transferencias bancarias digitales para proteger a los clientes de posibles fraudes
A partir del 1 de octubre de 2025 entrará en vigor el Monto Transaccional del Usuario (MTU), un nuevo candado de seguridad creado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) que pone un límite a las transferencias bancarias digitales para proteger a los clientes de posibles fraudes en sus operaciones en banca electrónica.
Con esta nueva medida, todas las personas físicas deberán poner un límite a sus transacciones digitales y de no activarlo, los bancos pondrán un tope sugerido equivalente a 1,500 Unidades de Inversión (Udi), es decir, 12,819 pesos, considerando que, con fecha 25 de septiembre, cada Udi tiene un valor de 8.545679 pesos.
Para evitar esto, primero que debes tener claro es que el límite que debes fijar es por operación, no por día, semana o mes, aunque algunos bancos ofrezcan esta posibilidad en sus sistemas.
Esto implica que se pueden realizar todas las transferencias que necesites en el día, cada una topada por el monto que determinaste. Hay que considerar que si tienes cuentas en varias instituciones bancarias, el MTU aplica para cada una de ellas.
Esta regulación permite cambiar el MTU las veces que necesites y totalmente gratis desde tu aplicación bancaria y en tiempo real, previo factores de autenticación, o en alguna sucursal de la institución, las 24 horas del día y los siete días de la semana.
Esta medida aplica únicamente para movimientos de cuentas a terceros, dentro o fuera del mismo banco, como depósitos a un amigo, un familiar o un proveedor. No aplica para personas morales, transferencias entre cuentas propias y compras de tarjetas de crédito y débito en comercios, físico o virtual.
“El MTU otorga a los clientes la posibilidad de definir el monto máximo para transferencias y operaciones en línea, reduciendo riesgos asociados a fraudes o movimientos no reconocidos. Si se intenta realizar una operación por encima de este límite, la transacción deberá validarse mediante un factor de autenticación adicional, lo que añade una capa extra de seguridad”, asegura Santander.
De acuerdo con la normatividad publicada en el Diario Oficial de la Federación, no existe ninguna multa por no hacerlo. Para el usuario habrá una especie de tiempo de adaptación de tres meses, hasta el 31 de diciembre.
A partir del 1 de enero de 2026 ya es totalmente obligatorio, por lo que si no lo fijaste, el banco será el encargado de poner el MTU, con base en el comportamiento del cuentahabiente. La institución notificará al usuario de esta medida y éste decidirá si se queda en ese nivel o lo modifica, según sus necesidades.
Alerta sobre nueva modalidad de fraude a tarvés de SPEI
Derivado de diversas quejas presentadas ante la Condusef, se ha identificado una nueva modalidad de fraude vía «SPEI» cuyo modus operandi se describe a continuación:
El o los delincuentes publican en medios impresos o electrónicos anuncios supuestamente de empresas conocidas, en los que se ofrecen en venta vehículos, obras de arte u otro tipo de artículos a precios muy atractivos (baratos).
Una vez que las personas se comunican con los delincuentes para obtener mayores informes o efectuar la compra de los bienes que se ofertan, estos les indican que deben enviar un SPEI (transferencia electrónica) lo antes posible a una cuenta CLABE «X» y a nombre de la empresa conocida que aparece en el anuncio.
La víctima lleva a cabo la transferencia llenando la forma correspondiente (muchas veces desde su propia computadora) con el número CLABE que le indican y el nombre de la empresa.
Una vez efectuada la operación, el usuario que fue víctima del engaño, al acudir a la empresa que «supuestamente le vendió el artículo», se percata de que no existe tal venta y que el número CLABE al cual transfirió el monto solicitado tampoco pertenece a la empresa sino a un tercero «desconocido», por lo que pierde su dinero.
Conviene señalar que las disposiciones en materia de pagos electrónicos emitidas por el Banco de México establecen que los pagos mediante esa modalidad serán identificados únicamente de tres maneras diferentes:
- a) Por el número CLABE del receptor (18 dígitos)
- b) Por el número de cuenta del receptor
- c) Por el número del plástico (Tarjeta de Crédito o Débito)
De lo anterior, se desprende que el nombre del receptor del «SPEI» no constituye un medio de identificación, por lo que aún y cuando se incluya en el forma de la orden de transferencia, en realidad «No es tomado en consideración como un identificador» al momento de aplicar el pago correspondiente.
Esta situación la aprovechan los delincuentes para engañar a sus víctimas; en este sentido, en principio, no existiría responsabilidad de la institución bancaria que emitió el «SPEI» ni de la que alberga la cuenta receptora del «SPEI», si es que el número CLABE no coincide con el nombre o razón social del beneficiario.
Por lo anterior, la Condusef hace un llamado a los usuarios para prevenirles y evitar que sean defraudados y les recuerda tener presente, al momento de realizar un «SPEI» o transferencia electrónica, lo siguiente:
- Si vas a comprar artículos que se venden en diversos medios, pregunta primero directamente a la empresa o compañía si en efecto son los que realizan la venta.
- Consultar a la referida empresa, si el pago se puede realizar directamente en su domicilio, eliminando el SPEI.
- De ser posible obtén un documento que ampare la operación de compra-venta de los artículos de tu interés, antes de hacer el pago.











