“Ley Malena”, un paso más contra el feminicidio
Jorge Luis Galicia Palacios lunes 13, Feb 2023Como veo, doy
Jorge Luis Galicia Palacios
- En 2022, más de 50 agresiones con ácido u otro químico
De que faltan muchas acciones y leyes en la lucha contra el delito de feminicidio, no hay duda, sobre todo cuando día a día nos enteramos que las cifras en este tipo de delitos no decrecen y eso da una idea de que en las estrategias para combatir este tipo de delitos algo está fallando, lo cual también es cierto, pero cuando nos enteramos que desde diversas ópticas el poder Legislativo está tomando cartas en el asunto lo único que nos queda es pedir que el proceso para confeccionar esas leyes sea más expedito para que las familias de las víctimas en algún momento tengan un remanso de paz en sus vidas y de alguna manera tengan el cobijo de la justicia que en algunos casos tarda años en llegar y a veces nunca llega.
A fines del mes de enero pasado, en el Congreso de la Ciudad de México, la diputada Marcela Fuerte (Morena) presentó una iniciativa de Ley que de inmediato se identificó como la “ley Malena”, misma que pretende reformar, derogar y adicionar diferentes disposiciones en la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México y al Código Penal local.
Entre otros objetivos que se persiguen con dicha iniciativa está el de tipificar los ataques con ácidos y otras sustancias químicas o corrosivas, como un delito en el Código Penal, ya que este tipo de agresiones no se contempla como un delito de violencia de género hacia la mujer y únicamente se encuentra tipificado como lesiones.
En términos generales, la iniciativa habla de que se reconozca la necesidad de ampliar el marco normativo encaminado a la tipificación de conductas de violencia, ponderando la salvaguarda de los derechos de las mujeres por acciones perpetradas contra éstas, creando un tipo penal autónomo que tenga como objetivo sancionar los actos cometidos en contra de las mujeres en razón de su género, puesto que no únicamente se deben penalizar las conductas que culminan con su muerte, como lo es el feminicidio, sino también aquellas que provocan alteraciones en su salud y daños permanentes a su integridad.
También propone que la Secretaría de Salud lleve un registro y se remita a las autoridades competentes la información sobre las personas atendidas en caso de lesiones causadas por sustancias descritas. Y quien cometa este delito enfrentará una pena de 8 a 12 años de prisión y una multa, además de los posibles agravantes del delito.
En caso de que la agresión entorpezca o debilite permanentemente una extremidad o cualquier otro órgano, se aumentará un tercio de la pena, por lo que puede llegar hasta 18 años, según la gravedad de las lesiones.
De manera relevante, se plantea que este tipo de agresiones sean considerados como un intento de feminicidio cuando el ataque con ácido: Provoquen resección parcial o total en las mamas; alteración en el aparato genital, en las funciones de reproducción sexual o atente contra el ejercicio de la autonomía sexual, cause alguna deformidad o daño físico permanente en algún órgano interno, externo o ambos; provoque daños en extremidades; entorpezca, debilite u ocasione la pérdida parcial o total del oído, vista, habla; incapacidad permanente para trabajar, y en estos supuestos la pena será de 12 a 30 años.
LAS CARTAS HABLAN.- De acuerdo al texto propuesto por la diputada local de la CDMX, Marcela Fuerte, se define a la “violencia ácida” como aquella que pretenda causar daño físico irreversible que lastime, altere y/o cause alguna discapacidad, mediante la acción de arrojar ácido, álcalis, sustancias químicas, corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas, inflamables, líquidos a altas temperaturas o cualquier otra sustancia que pueda provocar o no lesiones en órganos internos, externos o ambos.
Este tipo de violencia implica una alta carga simbólica toda vez que la finalidad es causar de forma deliberada y permanente dolor, sufrimiento y humillación a la mujer, además de causar daño físico, psicológico y emocional irreparable e irreversible, es decir, dejar una marca permanente en ella.
VA MI RESTO.- Hablar de la “ley Malena”, significa remitirnos al nombre de María Elena Ríos, quien fue víctima de un ataque con ácido en septiembre de 2019, cometido en el estado de Oaxaca, y lamentablemente, como ella misma lo reconoce, no es la única mujer que en México ha atravesado por una situación similar, ya que tan sólo en el año 2022, más de cincuenta mujeres en el país fueron atacadas con algún tipo de ácido o químico.
Por todo lo anterior, este espacio se une a la propuesta conocida como “ley Malena”, al tiempo que invocamos que dicha propuesta se inserte en las consideraciones que el año pasado presentó en el Senado de la República la legisladora Olga Sánchez Cordero en el sentido de buscar una homologación del tipo penal del feminicidio, pues hay 33 maneras de juzgar -en el ámbito federal y en las 32 entidades de la República-, sin modificar el artículo 73 constitucional.
De igual manera, unimos nuestra petición a quienes desde diversos foros solicitan que las políticas públicas contra el feminicidio se apliquen con la urgencia que ameritan y que en este caso el legislativo tome decisiones rápidas para parar de tajo este tipo de delitos, y hasta ahí porque como veo doy.