El SAT puede iniciar ejecución de cobro de más de 48 mil mdp a Salinas Pliego
* Destacadas, Finanzas martes 2, Dic 2025- La Suprema Corte destraba caso fiscal
- Se trata de las deudas fiscales más cuantiosas reclamadas a un grupo empresarial en la historia reciente del país

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) quedó finalmente habilitado para ejecutar el cobro de deudas fiscales del Grupo Salinas, que ascienden a más de 48,326 millones de pesos, correspondientes a ISR, actualizaciones, recargos y multas acumuladas entre 2008 y 2013, luego que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicara los engroses de siete sentencias que ponen fin a igual número de juicios fiscales.
La decisión del máximo tribunal da fin a una prolongada batalla jurídica entre el Estado y las empresas de Ricardo Salinas Pliego -principalmente Grupo Elektra y TV Azteca- que durante más de una década mantuvieron una estrategia de litigio para frenar el pago de impuestos determinados por la autoridad fiscal.
La publicación de los engroses -documentos donde la Corte formaliza y detalla los argumentos finales de sus resoluciones- es el acto que activa plenamente los efectos legales de las sentencias. Aunque el pleno ya había confirmado desde el 13 de noviembre las decisiones de tribunales colegiados en favor del SAT, dichos fallos no podían ejecutarse hasta que los engroses fueran emitidos.
Con su publicación, cada expediente regresa a los tribunales de origen para que comiencen los plazos de cumplimiento y se notifique a las partes. En términos prácticos, esto significa que el SAT tiene luz verde para iniciar los cobros coercitivos.
Un litigio aún pendiente
Aunque la Corte ya destrabó siete juicios esenciales, queda un octavo caso por formalizar. Se trata del asunto resuelto el pasado 19 de noviembre, en el que la SCJN validó que el SAT actuó conforme a la ley al imponer una multa por más de 67 millones de pesos a Nueva Elektra del Milenio, empresa del mismo conglomerado, por declarar pérdidas mayores a las reales en el ejercicio fiscal de 2012. La resolución ya fue adoptada por el pleno, pero su engrose sigue pendiente de publicación.
Con la formalización de las sentencias, el SAT puede proceder a cobrar la que podría ser una de las deudas fiscales más cuantiosas reclamadas a un grupo empresarial en la historia reciente del país. La batalla jurídica parece inclinada definitivamente hacia el lado del Estado mexicano, que ahora tiene la facultad de activar embargos, compensaciones u otras formas de ejecución para garantizar el pago.
¿Qué resolvió exactamente la SCJN?
La Suprema Corte emitió las versiones finales de siete sentencias que confirman, de manera irreversible, que Grupo Salinas debe cubrir los créditos fiscales que estaban en disputa.
- Los fallos quedaron firmes y regresarán a los tribunales que originalmente resolvieron contra las empresas del conglomerado.
- A partir de esa notificación, el SAT puede iniciar el procedimiento administrativo de ejecución (PAE), que es la herramienta legal para asegurar y cobrar créditos fiscales que no se han pagado.
El octavo asunto, por 67 millones de pesos, sigue en proceso de engrose, pero no cambia el escenario general: los montos principales ya se consideran exigibles.
¿Qué es el Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE) y cuándo se aplica?
El artículo 145 del Código Fiscal de la Federación establece que el SAT puede ejecutar el PAE cuando un contribuyente, persona física o moral, no cubre un crédito fiscal firme. Este procedimiento comienza con un embargo precautorio sobre bienes del deudor.
El embargo procede cuando:
- El contribuyente se niega a pagar
- No se localiza en su domicilio fiscal
- Rechaza recibir notificaciones
- Tiene créditos que deberían estar garantizados y no lo están
- La garantía es insuficiente
Corte apenas notificó al SAT, dice CSP
La presidenta Claudia Sheinbaum informó este martes que la Suprema Corte de Justicia apenas notificó al SAT sobre el caso de los adeudos del empresario Ricardo Salinas Pliego.
Durante su mañanera, la mandataria federal afirmó que informará en una mañanera sobre el procedimiento que se debe dar para el cobro de impuestos.
“Uno tiene que ver porque lo hemos tratado aquí en la mañanera, de cuál es el procedimiento para el cobro de impuestos que definió la Corte, que es importante que todo el mundo conozca cómo es ese procedimiento. Después lo que haríamos es que ya ese tema pues ya lo llevaría, porque no es un tema político, es un tema jurídico, entonces ya que lo lleve el SAT y la Secretaría de Hacienda, pero es importante que se conozca aquí qué dicen las leyes y cuál fue la resolución de la Corte”, aseguró Sheinbaum.











