Será obligatorio en México el registro de celulares
* Destacadas, * Especiales lunes 15, Dic 2025- Nuevas medidas a partir del 9 de enero
- Telefónicas trabajan en la adecuación de sus sistemas para cumplir con la reciente disposición

Los usuarios que no registren su teléfono celular y no vinculen su línea telefónica con su CURP se les suspenderá su servicio y no podrán realizar llamadas ni enviar mensajes de texto.
Como parte de una nueva medida que busca evitar la extorsión y el fraude a través de la vinculación con el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) y la Clave Única de Registro de Población (CURP), a partir del 9 de enero, el registro de celulares será obligatorio en México.
De acuerdo a los nuevos lineamientos para la identificación de líneas telefónicas móviles por parte de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), los usuarios que no registren su celular y no vinculen su línea telefónica con su CURP se les suspenderá su servicio y no podrán realizar llamadas ni enviar mensajes de texto
El documento señala que, transcurridos 120 días hábiles posteriores al plazo fijado en los artículos transitorios, los proveedores del servicio de telefonía móvil deberán deshabilitar toda línea que no esté vinculada a un titular, conforme a lo previsto en la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Así, los usuarios que no registren su línea dentro del plazo de 120 días quedarán imposibilitados para realizar llamadas, enviar mensajes de texto o utilizar datos móviles. La línea solo permanecerá habilitada para llamadas de emergencia, hasta que el registro sea completado.
La fecha exacta de inicio del periodo de registro será anunciada oficialmente en 2026, sin embargo, las empresas de telefonía ya trabajan en la adecuación de sus sistemas para cumplir con la nueva disposición.
¿Cómo será el proceso de registro?
El procedimiento variará según el operador, aunque seguirá un esquema general. En primer lugar, los usuarios recibirán una notificación por SMS o correo electrónico informando el inicio del registro. Posteriormente, podrán elegir entre realizar el trámite en línea o de manera presencial en centros de atención.
Durante el proceso se solicitará identificación oficial, CURP, datos personales y, en algunos casos, el IMEI del dispositivo. Para concluir, el operador enviará un código de verificación con el fin de confirmar la identidad del titular y completar la vinculación de la línea.
Registro obligatorio para todos los usuarios
La inscripción al PANAUT será obligatoria tanto para personas físicas como morales. En el caso de empresas y líneas corporativas, además de la documentación personal, se deberá presentar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Las autoridades aclararon que este padrón no sustituye otros mecanismos de seguridad existentes, sino que pretende conformar una base de datos confiable que permita rastrear llamadas vinculadas con delitos de alto impacto.
Preocupaciones por privacidad y postura oficial
La medida ha generado inquietud entre usuarios en torno a la protección de datos personales, la capacidad técnica de las compañías telefónicas y el riesgo de bloqueos indebidos de líneas activas. Ante estas preocupaciones, el gobierno federal aseguró que el sistema contará con protocolos de seguridad y que la información será utilizada exclusivamente con fines de seguridad pública, en particular para reducir los casos de extorsión.
Llamado a los usuarios
Las compañías de telefonía informaron que, una vez que el proceso sea habilitado, los usuarios recibirán avisos oficiales. La recomendación es no dejar pasar el plazo, verificar que la CURP esté actualizada y contar con una identificación oficial vigente. El trámite será gratuito y deberá realizarse una sola vez por cada línea telefónica.
¿Cuántas líneas telefónicas se podrán registrar por persona?
De acuerdo a lo publicado en el Diario Oficial de la Federación, el artículo 10 establece que los proveedores del servicio de telefonía móvil limitarán el número máximo de líneas telefónicas móviles que pueden ser vinculadas por personas físicas, permitiendo hasta 10.
Lo anterior, no será aplicable a las personas morales, ni a las personas físicas con actividad empresarial.
Para estas últimas, el Proveedor del Servicio de Telefonía Móvil requerirá la constancia de situación fiscal, a fin de acreditar dicha circunstancia.











